Redacci贸n / esteesMichoacan.com | Morelia, Michoac谩n:
MORELIA, Mich., 22 de enero de 2024.- En Sesi贸n de Consejo General del Instituto Electoral de Michoac谩n (IEM), resolvi贸 la solicitud de registro del Convenio de la coalici贸n denominada 鈥淪igamos haciendo Historia en Michoac谩n鈥, presentado por los partidos pol铆ticos del Trabajo (PT), MORENA y Verde Ecologista de M茅xico, con la finalidad de postular en coalici贸n parcial sus candidaturas a Ayuntamientos y Diputaciones por el principio de mayor铆a relativa para el Proceso Electoral Ordinario Local 2023鈥2024 en el Estado de Michoac谩n.
Por medio de un comunicado de prensa, el documento se帽ala que la coalici贸n postular谩 en 22 distritos a Diputaciones Locales, asimismo, busca la Integraci贸n de 60 Ayuntamientos, refiriendo tambi茅n qu茅 partido postular谩 en cada uno de ellos, y en general cu谩les ser谩n los procesos internos para la selecci贸n de las candidaturas.
De igual forma, el convenio de coalici贸n precisa el porcentaje de actuaci贸n de cada partido pol铆tico en la toma de decisiones, as铆 como las aportaciones que tendr谩n respecto al financiamiento para los gastos de campa帽a, el porcentaje de tiempos en radio y televisi贸n, as铆 como la representaci贸n de la coalici贸n ante las instituciones electorales.
RESPONDE EL IEM SOLICITUD DE COALICI脫N
鈥淔UERZA Y CORAZ脫N X MICHOAC脕N鈥.
En otro punto del orden del d铆a, el Consejo General dio respuesta a la solicitud de intenci贸n del Convenio de la coalici贸n denominada 鈥淔uerza y Coraz贸n x Michoac谩n鈥, presentado por los partidos pol铆ticos Acci贸n Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revoluci贸n Democr谩tica (PRD), para el Proceso Electoral Ordinario Local 2023鈥2024 para el Estado de Michoac谩n de Ocampo.
Durante el procedimiento de validaci贸n de la coalici贸n, el PRI decidi贸 apartarse de la alianza, dejando improcedente su participaci贸n en la solicitud de convenio presentada por las tres fuerzas pol铆ticas.
Por tal raz贸n, el Consejo General aprob贸 otorgarles 72 horas a los partidos pol铆ticos PAN y PRD para que hagan los ajustes correspondientes, y, en caso de as铆 decidirlo, s贸lo estas dos fuerzas pol铆ticas participen en coalici贸n, lo anterior con la finalidad de garantizar el derecho de estas fuerzas de coaligarse, tal y como lo se帽alan los precedentes jurisdiccionales federales.