Redacci贸n / esteesMichoacan.com | Morelia, Michoac谩n:
Una caracter铆stica de la presente administraci贸n p煤blica federal es la de no haber incrementado las tasas impositivas de las principales contribuciones del pa铆s, se prev茅 que, para el siguiente ocho de septiembre, se presentar谩 el paquete 鈥渇iscal鈥 a la C谩mara de Diputados del Congreso General, respecto del ejercicio fiscal del a帽o 2024 en el mismo sentido.
聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽聽 En el quinto informe de gobierno dado a conocer el pasado viernes 1 de septiembre, se precisa que: 鈥淟a Prtofeco en calidad de autoridad exactora, llev贸 a cabo 30,975 acciones de cobro persuasivo, con el prop贸sito de orientar a los deudores para que de manera voluntaria cumplan con sus obligaciones fiscales, adicionalmente se realizaron 1,044 acciones de cobro coactivo mediante el procedimiento administrativo de ejecuci贸n, con lo cual se recaudaron 188.7 millones de pesos.鈥 (sic).
En dicho informe se hace 茅nfasis en el est铆mulo fiscal a las personas f铆sicas y morales residentes en M茅xico y en el extranjero con establecimiento permanente en el pa铆s, que obtengan ingresos de actividades econ贸micas productivas en los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec (Polos), consistente en un cr茅dito fiscal del 100% del Impuesto Sobre la Renta (ISR) causado, durante los primeros tres ejercicios fiscales, as铆 como del 50% al 90% del ISR en los tres ejercicios fiscales subsecuentes cuando se superen los niveles m铆nimos de empleo; de una deducci贸n inmediata del 100% del monto original de la inversi贸n de bienes nuevos de activo fijo que utilicen en los Polos para realizar sus actividades econ贸micas productivas, en lugar de aplicar los porcentajes a que se refiere la Ley del ISR, que podr谩n efectuar durante seis ejercicios fiscales; que durante cuatro a帽os a quienes enajenen bienes, presten servicios independientes u otorguen el uso o goce temporal de bienes a personas que realicen actividades econ贸micas productivas al interior del Polo en que se encuentren ubicados o en uno distinto, consistente en un cr茅dito fiscal equivalente al 100% del Impuesto al Valor Agregado que deba pagarse por la enajenaci贸n de bienes, la prestaci贸n de servicios independientes o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, y ser谩 acreditable contra el impuesto que deba pagarse por las citadas actividades.
Finaliza en materia fiscal, que, en congruencia con la pol铆tica establecida al inicio de la actual administraci贸n, la miscel谩nea fiscal de 2023 reafirm贸 la postura del Gobierno Federal de no crear nuevos impuestos ni aumentar las tasas impositivas vigentes, con el objetivo de evitar una mayor carga fiscal a la poblaci贸n.
Que el Servicio de Administraci贸n Tributaria (SAT) esmer贸 sus esfuerzos para brindar un servicio de calidad, con el fin de mejorar la forma en que se relacionan los contribuyentes y la autoridad tributaria, para orientar y asistir a todos los contribuyentes que requieren servicios para cumplir de manera voluntaria con sus obligaciones fiscales; en este sentido, continu贸 con los trabajos para poner a disposici贸n de los contribuyentes las herramientas necesarias para realizar tr谩mites y servicios de manera presencial y remota.
Como se puede apreciar, se anuncia en el informe una serie de beneficios fiscales en los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec, solo que apenas la noche del mismo viernes 1 de septiembre, es que se publicaban en el Diario Oficial de la Federaci贸n los lineamientos; peque帽o detalle.
En todo acto humano la intencionalidad cuenta, el lector desde su orilla podr谩 considerar cual es esta, si la de beneficiar a los contribuyentes o la de vender una benevolencia disfrazada. @lvarezbanderas